El Pleno de la Sala II aprecia por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas y confirma las condenas impuestas por la Audiencia Nacional a tres empresas por su participación en delitos contra la salud pública, en concreto en el tráfico de más de 6.000 kilos de cocaína escondida en maquinaria objeto de importación y exportación entre España y Venezuela.
La sentencia modifica la pena de una empresa, excluyendo la disolución de la misma, debido a que cuenta con una plantilla de más de cien personas, «que no tienen que sufrir los graves perjuicios de dicha medida», pero confirma que la sociedad debe pagar una multa de 775 millones de euros.